Las juezas Ivana González y Mirta Moreno ratificaron lo que opinaron en distintas audiencias otros cuatro jueces y seguirán detenidos. De esta manera se les rechazó el pedido de libertad o arresto domiciliario con tobillera electrónica que habían solicitado en reiteradas oportunidades. Llevan poco más de un año tras las rejas por el delito de ser integrantes de una asociación ilícita en la llamada causa “Embrujo”. A Gatica además se le imputa el delito de lavado de dinero.

Las dos magistradas en una extensa audiencia realizada este jueves, ratificaron lo que el miércoles resolvieron en el mismo sentido los jueces del juicio Marcela Pérez, Alejandro Soñis y Ricardo Rolón.

Lisandro Benitez, defensor de Luter basó su argumentación en el paso del tiempo en que lleva detenido (un año y casi una semana), sin que se haya aún podido probar su culpabilidad debido a lo que llamó “dilaciones” en el proceso, circunstancia que al momento de resolver las dos juezas responsabilizaron a los mismos defensores en que aún no se haya inicio el juicio oral y público.

Javier Romero, el defensor de Gatica argumentó en general que se hace necesario su arresto domiciliario para poder estar cerca de su hijo de 14 años y participar de manera personal de un trastorno psicológico, que requiere de su ineludible presencia. Las juezas González y Gatica se mostraron atentas a esta situación familiar desde el punto de vista humano y personal, pero indicaron que el proceso y la legislación que guía sus decisiones, corren por otro carril, por lo que rechazaron también ese pedido.

El fiscal general Omar Rodriguez cuestionó lo que llamó “la revisión de la revisión” en alusión a la reiteración de similares argumentos de los defensores en distintas audiencias realizadas en ese sentido en la que participaron media docena de jueces en al menos diez audiencias. Destacó la gravedad de los hechos en los ambos están involucrados Gatica y Luter, en alusión a los casos de corrupción que se investigan mediante la modalidad de la asociación ilícita para hacerse de bienes de la comunidad.