A partir del 2023 se comenzarán a aplicar los juicios por jurados en toda la provincia. Se trata de una herramienta a través de la cual ciudadanos definen si una persona es inocente o culpable en un juicio.
Qué es un juicio por jurados
Según explicó el fiscal jefe Alex Williams, se trata de una “forma de juzgamiento muy antigua en la que un grupo de vecinos del lugar del hecho deberán decidir 2 cuestiones: si el hecho que se juzga realmente existió, y si el acusado -de haber cometido ese hecho- es culpable o no culpable”.
Por un lado, actúa la fiscalía, que ejerce la acusación; por el otro, la defensa del acusado; y quien juzga es el jurado, integrado por 12 personas. La moderación del debate está a cargo de un juez profesional. Durante el debate oral, el jurado no interviene. Sólo escucha a las partes. Una vez finalizado el debate oral, el jurado debe responder por mayoría esas 2 preguntas: si el hecho existió y si el acusado es inocente o culpable. En caso de dictarse la culpabilidad, es luego el juez profesional el que dispone el monto de la pena.
CONOCÉ !! Las 14 combinaciones sorteadas el último 12 de octubre:
Documentos terminados en 153- 652- 262- 669- 521-
292- 540- 702-574- 504- 958- 137- 931 -240
Qué dice la ley
Respecto a la integración del jurado, establece una conformación clásica: 12 integrantes titulares, entre los cuales debe haber 6 hombres y 6 mujeres, y 2 miembros suplentes. Deben ser personas mayores de edad, que sepan leer, hablar y escribir y que tengan una residencia en el lugar donde se cometió el delito.
La norma establece que es obligatoria la utilización del juicio por jurados para delitos graves con pena máxima sea igual o mayor a 14 años. Esto incluye a los homicidios y a los delitos contra la integridad sexual o contra la libertad de las personas.
Por otro lado, la ley determina que el veredicto del jurado para condenar debe ser unánime.
ETAPA DE NOTIFICACIÓN A LOS JURADOS
Durante la mañana del martes 25 de octubre del corriente se concretó un último encuentro del cual fueron parte la Dra. Camila Banfi y el Dr. Daniel Báez, ministros del STJ que tienen a su cargo la coordinación de la «Comisión para la implementación, seguimiento, mejora y capacitación del sistema de Juicio por Jurados y Juicio por Vocales Legos»; el Dr. Guillermo Cosentino, Secretario de Planificación y Gestión del STJ, junto a parte de su equipo y los directores de las distintas Oficinas Judiciales Penales.
Durante ese encuentro realizado en la Sala de Audiencias “Dr. Pedro Cristóbal Poppe” del STJ, se dieron los apuntes finales a la cédula de notificación que recibirán los potenciales jurados, como así también a un folleto explicativo con todos aquellos puntos detallados en la Ley XV N° 30 que son obligatorios informar a cada una de las personas seleccionadas, además de una Declaración Jurada para completar por la persona, de manera obligatoria, durante un plazo de hasta 72 horas posteriores a recibir la misma.
Esta declaración permitirá verificar los datos del sorteado, como así también si cumple los requisitos establecidos por ley o se encuentra incluido en las algunas de las incompatibilidades o inhabilidades propias de la función.