Los bancos y billeteras virtuales deben informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) respecto a los movimientos en cuentas, plazos fijos y operaciones con tarjetas.

Los bancos y billeteras virtuales deben informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) respecto a los movimientos en cuentas, plazos fijos y operaciones con tarjetas de crédito y débito. A partir de este lunes 1° de mayo, entra en vigencia los nuevos montos mínimos. Qué hay que tener en cuenta a la hora de realizar consumos y operaciones.

¿Qué operaciones son informadas a la AFIP?

A partir de este lunes, el monto mínimo de una operación para que tenga que ser informada a la AFIP pasará a ser $200.000 sobre acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y también suscripción y liquidación de depósitos en plazos fijos.

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